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Regulación México publica reglamento para uso medicinal de Cannabis - Versión para impresión

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México publica reglamento para uso medicinal de Cannabis - Palidon - 24 Jan, 2021

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El cannabis en Marruecos es ilegal desde 1956, sin embargo y de forma paradójica Marruecos se mantiene como el principal productor de resina de cannabis (hachís) del mundo y uno de los mayores proveedores para Europa. De esta forma, la negación del gobierno Marroquí a una regulación efectiva a permitido la proliferación de inestabilidad social, incluyendo pero no limitado a problemas de corrupción y represión.

En México la posesión personal fue despenalizado en 2009 hasta 5 gramos para portación individual. Su uso medicinal y científico paso a ser legal a partir del 2017, tras se aprobado por el congreso federal. Durante el 2018 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) publicaría los lineamentos en materia de control sanitario derivado de la aprobación medicinal y científica. Aun así, durante el 2019 revocaría los mismos de tal forma que el uso medicinal y científico quedarían en un limbo de legalidad pero inaccesibilidad para la población en general.

A partir del 2018 se iniciarían diversas propuestas de ley para la regularización del uso medicinal, científico, personal, comercial, e industrial dentro del territorio nacional. Sin embargo el tema paso a ser parte de la tragicomedia de la política Mexicana, donde resaltaron las limitaciones entre los poderes del Supremo Poder de la Federación de la república. Mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzaba a dar plazos a partir de Agosto de 2019 para legislar en materia de los temas encontrados como inconstitucionales en relación del uso recreativo, hasta la fecha el poder Legislativo seguiría con prorrogas que advierten la cruda realidad.[!--mas--]

Fue apenas en el 2020, después de 3 años de espera, que la Secretaría de Salud (SSA) presentaría un proyecto de normas secundarias para el cannabis medicinal en México. Pero seria hasta el 12 de Enero del 2021 que el gobierno federal publicaría en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos. La norma regula la producción primaria para fines de abastecer la fabricación de productos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos, también para la fabricación de productos para la investigación para la salud, farmacológica, y fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos, así como la producción de semillas. La norma también aplica para estas actividades sin la producción de materia prima.

DOF escribió:ARTÍCULO 2. Las acciones reguladas por este Reglamento para la Cannabis son aquellas que tienen los fines siguientes:
  1. Producción primaria para:
    1. Abastecer la fabricación a que se refiere la fracción V de este artículo;
    2. Generar materia prima para realizar las investigaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV de este artículo, y
    3. Producir semilla;
  2. Investigación para la salud, en términos del artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud;
  3. Investigación farmacológica a que se refiere el Capítulo II del Título Tercero del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud;
  4. Fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos, y
  5. Médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.

El reglamento incluye 80 artículos, en los cuales se tratan: Disposiciones generales; Laboratorios de control de calidad; De los fines de la cannabis; De la importación y exportación; De los establecimientos para la atención médica que suministren medicamentos de cannabis; y De la publicidad y comercialización. También involucra, dentro de sus facultades, a la SSA, a través de COFEPRIS, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SEDER), a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) y el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS), así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y a la Secretaría de Economía (SE).

Aunque la regulación inicio como innovadora, para posteriormente convertirse en tema de necesidad (social y jurídica), el anterior y actual gobierno habían mostrado un desinterés en publicar y dar acceso jurídico sobre las leyes existentes. Con la publicación de este reglamento, a partir del 13 de Enero del 2021 la industria mexicana del cannabis medicinal podría arrancar tras aprobación y bajo la vigilancia de los correspondientes permisos por parte de COFEPRIS.

Ahora solo queda pendiente que el Congreso de México discuta y apruebe el proyecto de ley para la legalización del cannabis con fines recreativos. Entre polémicas el Senado aprobó el pasado mes de Noviembre la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que legaliza el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta del cannabis, y la mando a la cámara de Diputados para su posterior aprobación y promulgación. Sin embargo, y como si tuviera alternativa, la SCJN dio otra prorroga al congreso, la cual da hasta el 30 de Abril del 2021 para que el Congreso resuelva en la materia pendiente desde el 2019.

Fuentes:
Marruecos y el cannabis, Reducción, contención o aceptación (The Transnational Institute (TNI), PDF)
Cannabis medicinal, un negocio millonario (El Financiero)
El gobierno publica el reglamento para el consumo de marihuana medicinal (Expansión)
México: Estado Legal del Cannabis Medicinal (El Planteo)
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos. (DOF)
011. Se publica Reglamento en materia de control sanitario para producción, investigación y uso medicinal de cannabis (Gobernación)
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