Las personas no pueden ser expulsadas si necesitan un tratamiento medico especial

Una persona de origen rusa con una forma rara de leucemia recibe su tratamiento medico en Países Bajos, el cual incluye el uso de cannabis medicinal con fines analgésicos. Sin embargo, el uso de cannabis medicinal no esta autorizado en Russia, donde la posesión de mas de 6 gramos de marihuana puede resultar en una pena criminal de hasta 3 años de prisión. La persona presento solicitudes de asilo en Países Bajos, las cuales fueron rechazadas, para después acudir ante el Tribunal de Primera Instancia de La Haya. Segun alega la persona afectada, su tratamiento es esencial para llevar una vida digna debido a su padecimiento, y ser expulsado a Rusia interrumpiría su tratamiento y degradaría considerablemente su calidad de vida.[!--mas--]

El Tribunal concluyo que el Derecho de la Union protege a la persona de una expulsion cuando la misma pudiera exponerla al peligro real de tratos inhumanos o degradantes. Para justificar su situación, se debe probar que el país de destino carece del tratamiento medicinal de cannabis necesario y que este sea el único disponible y eficiente para el padecimiento especifico del cual se sufre. Tambien se debe probar que la interrupción de dicho tratamiento expondría a la persona a un dolor de intensidad contraria a la aceptable para la dignidad humana y que pudiera generar consecuencias graves e irreversibles.

De igual manera el Tribunal se opone a que exista como requisito obligatorio la necesidad de que la persona vea su dolor incrementado dentro de un plazo fijo y absoluto después de ser expulsado. De esta forma, este supuesto plazo solo puede ser indicativo, no obligatorio ni absoluto, y en su lugar se debe considerar la situación especifica de la persona afectada. Así, se considera que cualquier persona solo puede ser expulsado después de haber considerado su estado de salud, incluso si tiene una situación irregular de migración en el Estado donde recibe su tratamiento.

Fuentes:
El nacional de un país tercero que está aquejado de una enfermedad grave no puede ser expulsado si, por interrumpirse en el país de destino el tratamiento adecuado, corre peligro de quedar expuesto a un aumento rápido, considerable e irreparable del dolor de esa enfermedad.
Imagen de portada.
Última modificación: 4 Feb, 2023, 3:28 am por Palidon. Edited 2 times in total.
País

Países Bajos

Detalles del Estudio

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Hora: 18 Sep, 2025, 2:07 am